La sentencia del Tribunal Constitucional que eliminó las sanciones penales contra policías y militares por sostener relaciones sexuales con personas del mismo sexo no solo supone un avance en igualdad y dignidad: es una decisión vinculante y obligatoria para todos los poderes del Estado, sus instituciones, autoridades administrativas y también para particulares, recordaron los abogados accionantes del proceso, Patricia M. Santana Nina y Anderson Javiel Dirocie De León.
El fallo —la Sentencia TC/01225/25, del 18 de noviembre de 2025— declaró inconstitucionales los artículos 210 del Código de Justicia de la Policía Nacional y 260 del Código de Justicia de las Fuerzas Armadas, que imponían hasta dos años de cárcel por relaciones homosexuales, incluso consensuadas y fuera de servicio.
El Tribunal concluyó que estas normas se basaban en una visión discriminatoria y estigmatizante, y que constituían una grave intromisión en la intimidad, la vida privada y el libre desarrollo de la personalidad. También sostuvo que las sanciones no guardaban relación con la disciplina policial o militar y resultaban incompatibles con los artículos 7, 38, 39, 43 y 44 de la Constitución.
“Debe cumplirse por todos, sin excepción”
La abogada Patricia M. Santana Nina resaltó, de acuerdo con el comunicado, que “se marca un paso firme para que tanto estas instituciones como cualquier órgano público o privado y cualquier particular adecúen sus normas y prácticas, para garantizar que ninguna persona sea discriminada o sancionada por su orientación sexual.”
Santana subrayó que, al tratarse de una sentencia del Tribunal Constitucional, su cumplimiento es obligatorio y vinculante, por lo que ninguna entidad estatal, empresa o persona puede mantener reglamentos o políticas que contradigan lo dispuesto por el fallo.

